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30-12-2015|18:50|Cámara Federal Nacionales

Rechazaron apelaciones de los condenados por el crimen de Ferreyra

Lo decidió la Cámara Federal de Casación Penal, que rechazó recursos extraordinarios de las defensas. Los abogados podrán llegar igualmente a la Corte Suprema, pero deberán presentar un recurso de queja. Mariano Ferreyra fue asesinado a balazos el 20 de octubre de 2010.

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Por: Infojus Noticias

La sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos extraordinarios de las defensas, entre ellas la del sindicalista José Pedraza, presentaron contra el fallo del tribunal que, meses atrás, los condenó a prisión por el homicidio del joven Mariano Ferreyra. Las defensas de los condenados podrán llegar igualmente al máximo tribunal del país, pero deberán presentar un recurso de queja.

El fallo de la Sala III fue firmado hoy por los jueces Mariano Borinsky, Juan Gemignani y Liliana Catucci, y rechazó las apelaciones presentadas por las defensas del ex titular de la Unión Ferroviaria (UF) José Pedraza,  su segundo Juan Carlos “Gallego” Fernández, los autores materiales Cristian Favale y Gabriel “Payaso” Sánchez; el delegado  ferroviario, Pablo Díaz; y Jorge González, Francisco Pipitó, Luis Mansilla, Jorge Ferreyra, Hugo Lompizano, Luis Echavarría y Gastón Conti.

Todos ellos están condenados por la muerte a balazos del militante del Partido Obrero Mariano Ferreyra, ocurrido el 20 de octubre de 2010, cuando participaba de una marcha de trabajadores tercerizados del ferrocarril Roca que reclamaban el pase a planta permanente.

Las defensas habían cuestionado la sentencia de la Sala III dictada el 10 de setiembre último que confirmó (y agravó en caso de los policía Mansilla y Ferreyra) las condenas dictadas por el Tribunal Oral en lo Criminal veintiuno (TOC 21). Al confirmar la sentencia, la casación condenó a Pedraza -como instigador del crimen que terminó con la cúpula de la UF en la cárcel- y a Fernández, a 15 años de prisión como instigador y partícipe necesario, respectivamente. Díaz, Sánchez y Favale -este sin pertenencia a la UF- recibieron 18 años de prisión.

Pipitó recibió una condena de once años, igual que González y el delegado Claudio Alcorcel, 8 años. Entre tanto el comisario Mansilla recibió 10 años de prisión al igual que el comisario Ferreyra; Lompizano y los efectivos de la policía Echavarría y Conti, a 2 años de prisión de ejecución condicional por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios público. Además, Casación confirmó las absoluciones de los ferroviarios Juan Carlos Pérez, Guillermo Uño y Rolando Garay.

La causa vuelve al tribunal

Con la decisión de desestimar los planteos, ordenaron devolver la causa al TOC 21 donde se deberá decidir sobre la libertad de quienes aún permanecen en esa condición. Los jueces no hicieron lugar a los planteos argumentando que “las defensas no han logrado demostrar con éxito las causales de arbitrariedad invocadas para autorizar la habilitación de la vía extraordinaria”.

“Los recurrentes sólo realizaron una invocación genérica de garantías que a su juicio han sido vulneradas, pero no determinaron en el caso concreto cómo se habrían operado esas violaciones ni demostraron concretamente cómo lo resuelto ocasionaría la lesión efectiva de la defensa en juicio y el debido proceso”, dice la sentencia

Las defensas de todos los condenados aún podrán llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que sean revisadas las sentencias aunque deberán hacerlo mediante la presentación de un recurso de queja ante el máximo tribunal.

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