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23-5-2014|12:41|Lesa Humanidad Nacionales
Bignone y Muiña fueron condenados a 15 y 13 años de prisión en 2011

Rechazan el "2x1" para las condenas de represores Bignone y Muiña

Este beneficio - que duró desde 1994 hasta 2001- propuso que la detención preventiva en los procesos a represores no durase más de dos años. Si se pasaba ese tiempo, se computaba doble.

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Por: Infojus Noticias

La Cámara Nacional de Casación Penal rechazó aplicar el beneficio del "2x1" para computar las condenas de los represores Reynaldo Bignone y Luis Muiña por su participación en crímenes de lesa humanidad cometidos dentro del Hospital Posadas durante la última dictadura cívico militar.

De esta manera, la Sala IV del máximo tribunal penal hizo lugar al recurso del fiscal Martín Niklison contra el cómputo de la pena de los condenados Bignone y Muiña, a quienes el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 había beneficiado al contar doble la cantidad de días en prisión preventiva después de los dos primeros años.

En el fallo se toman los argumentos del recurso interpuesto por el titular de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado, Martín Niklison, al sostener que tanto al momento de los hechos como de la detención de los imputados no estaba vigente el "2x1" y por tal razón no puede aplicarse el principio de "ley penal más benigna".

Bignone y Muiña fueron condenados a 15 y 13 años de prisión, respectivamente, el 29 de diciembre de 2011, y tras quedar firme el fallo el 21 de agosto, el Tribunal realizó un cómputo de la pena en base al cálculo de la cantidad de días que llevaban detenidos desde que el juez de instrucción concretó su detención en 2007, recordó el portal especializado Fiscales.gob.ar.

Niklison recurrió el cómputo y en su presentación recordó que el beneficio tuvo vigencia en la legislación argentina entre el 2 de noviembre de 1994 -fecha de la sanción de la ley 24.390- y el 1° de junio de 2001, cuando los artículos 7 y 8 de la norma fueron derogados por la ley 25.430.

El "2x1" propuso que la detención preventiva en los procesos no durase más de dos años y, para el supuesto de que fuera necesario prorrogarlo, dispuso el cómputo doble a partir de la superación de los dos años de prisión preventiva, dado que se interpretó que "resultaba una justa compensación del derecho interno con lo establecido en el artículo 7.5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos", recordó Niklison.

"Esta situación no puede ser sostenida en los casos de Bignone y Muiña ya que dicha ley no se encontraba vigente ni al tiempo de cometerse los hechos objeto del proceso ni durante los períodos temporales dentro de los cuales los procesados cumplieron la detención preventiva", postuló el fiscal.

Asimismo, recordó que, durante los siete años de la vigencia de la "ley del 2x1", Bignone y Muiña gozaban de la impunidad de las leyes Obediencia Debida y Punto y Final.

Los camaristas Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky coincidieron con el fiscal al señalar que la denominada ley del 2x1 "no es el tipo de norma para la cual se destina el derecho de aplicación de la ley penal más benigna".

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