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Así lo decidió la Cámara de Casación Penal de la Nación al rechazar todas las apelaciones de los detenidos por los crímenes en la Unidad N°9 de La Plata durante la dictadura. Entre ellos se encuentran el segundo jefe del Servicio Penitenciario provincial Elvio Cosso, el jefe de la Unidad Abel Dupuy, el subjefe Isabelino Vega y el jefe de seguridad, Víctor Ríos.
Todos los penitenciarios y médicos condenados por los crímenes que ocurrieron en la Unidad N°9 de La Plata durante la última dictadura cívico militar seguirán presos. Así lo decidió la Cámara de Casación Penal de la Nación al rechazar todas las apelaciones de los detenidos, entre los que se encuentran el segundo jefe del Servicio Penitenciario provincial Elvio Cosso, el jefe de la Unidad Abel Dupuy, el subjefe Isabelino Vega y el jefe de seguridad, Víctor Ríos. Además, en una segunda resolución, revocó -por mayoría- la absolución del ex agente penitenciario Pedro César Guerrero por algunos delitos. Entre los presos políticos que pasaron por los llamados “pabellones de la muerte”, se cuentan el premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, el director del Centro Cultural de la Memoria “Haroldo Conti”, Eduardo Jozami, y el periodista Eduardo Anguita. Los acusados sólo podrán apelar una vez más, ante la Corte Suprema de Justicia.
Los pabellones de la muerte
La Unidad 9 de La Plata es una penitenciaría que está en las afueras de la ciudad y todavía funciona. Durante el terrorismo de Estado, se utilizó como una cárcel legal en la que había presos comunes, pero también alojó presos políticos que venían de largos periplos de tortura en centros clandestinos de todo el país, y eran “blanqueados” poniéndolos disposición del Poder Ejecutivo Nacional.
Sin embargo, el reconocimiento de los cautivos como presos legales no significaba que estuvieran a salvo de las torturas. El 13 de diciembre de 1976, asumió la jefatura de la Unidad 9 Abel Dupuy con una violenta requisa y se implantó un régimen de “extrema crueldad”. Las condiciones de detención para los presos políticos se parecieron cada vez más a la de los “chupaderos” de los que provenían.
El 13 de octubre de 2010, el Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata que preside Carlos Rozanski dictó la primera sentencia contra penitenciarios por su actuación en una cárcel que funcionaba bajo una aparente legalidad. Quedaba probado que había coexistido “a la par del régimen penitenciario formal, un régimen de represión ilegal el cual se caracterizó por la práctica sistemática de imposición de tormentos a los presos políticos, con el fin de quebrar su resistencia física y moral y de lograr su despersonalización; por la comisión de homicidios dentro y fuera del penal, y por desapariciones forzadas y privaciones ilegales de la libertad, hechos que implicaron el funcionamiento dentro de la cárcel de un verdadero centro clandestino de detención, tortura y muerte”.
El falló condenó a prisión perpetua al ex jefe del Penal, Abel Dupuy, al subjefe Isabelino Vega, al jefe de Seguridad Víctor Ríos y al único agente raso, el Nazi Raúl Rebaynera; 25 años para Catalino Morel, Ramón El Manchado Fernández –que llegó a ser jefe de inteligencia del SPB durante la gobernación de Felipe Solá-, y el ex director de Seguridad Elvio Cosso; 14 años para el Vitnamita José Peratta; 13 para los médicos Carlos Jurío, Enrique Corsi y Luis Favole –quien falleció en enero de este año-; 11 para Segundo Basualdo y Valentín Romero; y 10 para el Oso Héctor Acuña por los tormentos sobre Eduardo Zabala.
Más allá de alguna disconformidad de los organismos con el monto exiguo de algunas penas, como la de El Oso Acuña, la condena dejó puntos salientes: revocó las últimas cuatro prisiones domiciliarias, los delitos fueron contemplados en “el marco del genocidio” de la última dictadura, condenó a los médicos penitenciarios por “infracción del deber en comisión por omisión de tormento agravado por resultar la muerte” de Alberto Pinto, y ordenó investigar a jueces y militares nombrados en las audiencias, aunque esas causas no tuvieron avances importantes. Y tuvo otro punto novedoso: se giró a todos los estamentos del gobierno provincial el acta de la inspección ocular del juicio, donde se comprobaron “las condiciones inhumanas de detención” que todavía viven los presos en “chanchos” o celdas de castigo.
Un juicio para el prófugo
En octubre de 2011, casi un año después, se hizo el juicio contra el ex agente Pedro César Guerrero, quien había quedado fuera del juicio anterior porque había estado dos años prófugo y al ser capturado ya era tarde para juzgarlo. A Guerrero lo apodaban “El sátiro de la zapatilla”: se había ganado el mote con justicia, porque solía “golpear con una zapatilla la planta de los pies de los presos de manera intermitente”, según la acusación de la fiscalía. También lo llamaban “Pamperito” por la brutalidad con la que aplicaba los tormentos.
En noviembre se conoció la sentencia. Guerrero fue condenado a nueve años de prisión por las torturas contra siete presos políticos: Osvaldo Corvalán, Luis Eduardo Bloga, Julio César Mogordoy, Ernesto Fernando Villanueva, Carlos Leonardo Gensón, Eduardo Horacio Jozami y Carlos Alberto Martínez.
La historia de Guerrero fue un reflejo fiel de la falta de renovación del Servicio Penitenciario en democracia: recién fue separado del SPB en el año 2004, cuando ocupaba la jefatura del penal de Dolores y dos detenidos denunciaron que los había contratado para matar al camarista de San Isidro Fernando Mariotto y al fiscal general de San Martín, Luis María Chichizola, a cambio de drogas, visitas de familiares, y mejoras en su situación. Después se conoció, además, su pasado como torturador.
Los reveses judiciales
Los abogados de los penitenciarios –letrados muy costosos, solventados en algunos casos por los centros de oficiales retirados de la Fuerza- apelaron esas sentencias ante la Cámara de Apelaciones de La Plata, pero tuvieron una respuesta negativa. Por eso interpusieron los recursos ante la Cámara de Casación Penal. El miércoles, al filo de la Noche Buena, la Sala II del máximo tribunal Penal de la Nación –integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David- rechazó por unanimidad los recursos de los once carceleros y por mayoría los de los médicos.
La jueza Ledesma, en su voto minoritario, argumentó que el fallo contra Enrique Corsi y Carlos Jurío –Luis Favole murió en enero de este año- está basado principalmente “en la supuesta mendacidad del médico, aunque no logra demostrar cuáles son los elementos de prueba ciertos que rebatirían su versión”.
En una segunda resolución, la Cámara de Casación revocó la absolución de Guerrero Pedro Guerrero respecto de ¿? Sobrevivientes de la Unidad 9. En la sentencia, el TOF 1 de La Plata conformado por los jueces subrogantes Jorge Eduardo Chávez, Mario Gabriel Reynaldi y Héctor Carlos Acuña, había condenado al guardiacárcel por siete casos y lo había absuelto de otros ocho. El fallo fue apelado por la defensa de Guerrero, pero también por los querellantes de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos –APDH- La Plata y la CTA La Plata, por las ocho víctimas por las que había sido absuelto.
Casación -otra vez con el voto mayoritario de Slokar y David-, rechazó la apelación de Guerrero pero aceptó la de las querellas, revocando las absoluciones. En su dictamen, la Cámara decidió “hacer lugar parcialmente al recurso de casación deducido por los querellantes” y “remitir las presentes actuaciones al tribunal de origen a fin de que, con la celeridad y resguardos que impone el caso, se dicte –por quien corresponda- un nuevo pronunciamiento”. Es decir: el TOF 1 debe volver a resolver sobre las torturas que Guerrero impuso sobre Gabriel Manera Johnson, Eusebio Héctor Tejada, José Demetrio Brontes, Alberto Clodomiro Elizalde, Horacio Héctor Crea, Osvaldo Roberto Fernández, Luis Aníbal Rivadeneira y Mario Carlos Zerbino.
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