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Con el correr de los días, superada la conmoción inicial por su muerte, fue quedando al descubierto la falta de pruebas y solidez jurídica de la presentación del fiscal Alberto Nisman. En 289 páginas, había denunciado un grave “plan delictivo” para asegurarles impunidad a los sospechosos iraníes del atentado a la AMIA. Tanto el juez federal Daniel Rafecas como la Cámara Federal terminaron desestimando la viabilidad de la acusación.
1. Supuestas “reuniones secretas” y “diplomacia paralela”.
El 26 de marzo de 2011, el periodista José Eliaschev escribió en el diario Perfil que “el gobierno de la presidenta Cristina Kirchner estaría dispuesto a suspender de hecho la investigación de los dos ataques terroristas que sufrió este país en 1992 y 1994”. Y narró una reunión “secreta” entre los cancilleres argentino e iraní, y el presidente y el canciller sirios el 23 de enero de 2011 en Alepo, Siria. Sin embargo, la presencia del canciller en ese país fue pública y hubo un cable de la Agencia Télam cubriendo esa información. Esa fue una de las supuestas pruebas en las que cuatro años más tarde se apoyó el fiscal Nisman.
La reunión de Siria fue sólo el comienzo del equívoco. A lo largo de su escrito, Nisman se refirió a la existencia de una “diplomacia paralela de facto” para entorpecer la causa, refiriéndose -entre otros- al dirigente Luis D'Elía. Sin embargo, es el mismo operador islámico Yussef Khalil quien dice que Timerman “no cumplió” con lo supuestamente acordado con estos sectores.
Cuando desestimó la denuncia, el juez Rafecas fue contundente: “A lo largo de las miles de líneas de conversaciones escrutadas durante varios años, no surge una sola mención, una sola referencia, una sola gestión, una sola participación, ni del canciller argentino, ni de absolutamente nadie de la cartera que conduce. No hay una sola vez en la que la Cancillería argentina aparezca envuelta en lo que Nisman denominó la ‘diplomacia paralela de facto’”.
2. Los acuerdos comerciales que nunca existieron
Otra de las presuntas motivaciones del supuesto “plan criminal” era la supuesta intensificación del intercambio comercial entre los dos países: venderles grano e importar petróleo para paliar la crisis energética. En una de las escuchas, Khalil dice: “El tema que necesita Argentina es petróleo, todo petróleo, y todo lo que está comprando…Irán en grano se lo pueden dar, ese petróleo a cambio de granos”. Y agrega: “Argentina tiene una gran necesidad de petróleo e Irán tiene una gran necesidad de granos y todo eso, empezar el intercambio”. Esto no está respaldado con pruebas: el intercambio nunca existió. No hay informes técnicos, no hay voces de especialistas en las 289 páginas del escrito que avalen los diálogos telefónicos de Khalil.
Además había un impedimento técnico para la transacción: “Argentina no podría comprar petróleo iraní porque la calidad del crudo no es la exigida por las refinerías locales”, de acuerdo a los informes del Ministerio de Planificación Federal, de Economía y la AFIP, que fueron presentados por la Procuración General del Tesoro en el expediente. Por otro lado, al momento de los hechos denunciados, Irán estaba aumentando su propia producción de alimentos.
3. Las circulares rojas.
En la denuncia de Nisman se menciona un supuesto pacto de impunidad: consistía en la caída de las alertas rojas que pesaban sobre cinco de los ocho acusados iraníes de la causa AMIA. Desde la presentación de la denuncia hasta ahora, hay gran cantidad de documentos que echan por tierra esa acusación. El 15 de febrero de 2013, cuando Timerman notificó a Interpol de la firma del Memorándum, acompañó una carta en la que advierte que “de acuerdo con las normas aplicables, cualquier cambio en los requerimientos de captura internacional oportunamente formulados a INTERPOL desde la Argentina en relación con los graves crímenes investigados en la causa AMIA, sólo podrá ser realizado por el juez argentino con competencia en dicha causa, Rodolfo Canicoba Corral”.
Exactamente un mes después, el 15 de marzo de 2013, el Consejero Jurídico de Interpol, Joel Sellier, informó que el acuerdo no implicaba ningún cambio en el estatus de las notificaciones rojas, y se refirió al Memorándum como un “desarrollo positivo” para lograr el esclarecimiento del atentado. Seis días después, Timerman respondió que la vigencia de las alertas rojas eran una “pieza fundamental en los avances logrados recientemente en causa AMIA”.
Hubo una cuarta carta, enviada por el secretario general del Interpol, Ronald Noble, a las autoridades argentinas, después de que el fiscal Nisman presentó la denuncia. En esa nota, Noble aseguró que “su posición y la del gobierno argentino fueron consistentes y firmes” para mantener en vigor las alertas rojas. El propio juez de la causa, Canicoba Corral, cuando le tocó intervenir en la discusión sobre la constitucionalidad del Memorándum, consideró que “la firma del memorándum en nada incidía sobre las notificaciones rojas, cuya vigencia no se vería afectada”.
Con toda la prueba documental incorporada en el expediente, Rafecas concluyó “con un ciento por ciento de certeza, ni un atisbo de duda, que Timerman y el gobierno argentino han sido constantes, persistentes e inquebrantables para lograr que Interpol emita, mantenga vigentes y no suspenda o remueva sus notificaciones rojas”.
4. Las escuchas
La mayor parte de las escuchas del escrito surgieron de cuatro teléfonos intervenidos a una misma persona, Jorge Khalil -el supuesto “agente iraní” que “comandaba las negociaciones”,durante dos años y medio. En las charlas, Khalil habla con el dirigente Luis D’Elía y el líder de Quebracho, Fernando Esteche, entre otros. Las acusaciones del fiscal se basan en lo que se desprende de esos diálogos, pero no hay intervenciones a los teléfonos de D´Elía y Esteche.
Por otro lado, las voces de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el canciller Héctor Timerman y el diputado Andrés Larroque ni siquiera aparecen en las escuchas, y Nisman no ordenaba ninguna diligencia para comprobar los dichos de terceros sobre ellos.
5. Sin pruebas contra la Presidenta.
En la parte resolutiva de su resolución, Nisman pidió la declaración indagatoria de la presidenta Cristina Fernández, por ser parte del “plan delictivo” para asegurar la impunidad de Irán en el atentado. Sin embargo, a lo largo de la presentación en la que dijo haber trabajado dos años, el juez Rafecas llegó a la conclusión de que “no hay un solo elemento de prueba, siquiera indiciario, que apunte a la actual Jefa de Estado respecto -aunque sea- a una instigación o preparación (no punible) del gravísimo delito de encubrimiento por el cual fuera no sólo denunciada sino también su declaración indagatoria requerida”.
LB/RA
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