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Lo afirmó a Infojus Noticias Jorge Auat, titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad del Ministerio Público Fiscal. Fue en respuesta a sectores que atacan a los procesos de lesa humanidad porque –argumentan- no se respetan las garantías constitucionales de los presuntos represores. En el caso de las domiciliarias, el fiscal Javier De Luca señaló que “la ley no confiere una solución automática en caso de superar 70 años”.
En una de las audiencias inaugurales de un nuevo juicio al ex juez represor, Víctor Brusa, el ex policía Eduardo "Curro" Ramos -condenado por delitos de lesa humanidad, asaltos a mano armada y violaciones durante la dictadura- miró al tribunal y les dijo, muy suelto de cuerpo: “Dentro de un año y medio, cuando termine el gobierno (de Cristina Fernández de Kirchner) y Sergio Massa sea presidente, estas cosas (los juicios a los represores) van a cambiar”. Esa premisa, la de equiparar al juzgamiento de sus crímenes con una revancha política, aparece apuntalada públicamente, en los últimos días, con la idea de que en los juicios contra los presuntos represores que se sientan al banquillo no se respetan sus garantías constitucionales.
Sin embargo, las estadísticas y el análisis de los once años que llevan desde que se reabrieron los juicios –cuando se anularon las leyes de Obediencia Debida y Punto Final-, parecen indicar lo contrario. “Todas las garantías están absolutamente dadas. Y la prueba más evidente de que estas garantías son utilizadas son las dilaciones de los procesos. Llevamos 11 años de juicios desde la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de impunidad y la cantidad de sentencias firmes es muy escasa”, dijo a Infojus Noticias Jorge Auat, titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad del Ministerio Público Fiscal. “Me pregunto si once años litigando es un tiempo normal en todos los procesos penales”.
El último informe de la Unidad de delitos de lesa humanidad de la Procuración, de febrero de este año, revela que de los 521 condenados por este tipo de crímenes sólo 77 tienen condena firme.
“Por otro lado, la mayoría de los criminólogos y juristas que analizan el fenómeno de la criminalidad concluyen en la selectividad del sistema, es decir, que opera en todo el sistema penal un plano inclinado en contra de los sectores sociales más vulnerables”, agregó Auat. “Habría que ver, en el caso de los acusados por haber actuado en el terrorismo de Estado a qué segmento de la sociedad pertenecen”, concluyó el fiscal.
Domiciliarias
Uno de los reclamos más escuchados de los familiares de represores, y casi lo único que apuntan sus abogados luego de que se los encuentra culpables, es que quienes son mayores de 70 años cumplan la condena en sus propias casas. Las últimas estadísticas difundidas, marcan que de los 927 represores detenidos un 36 por ciento se encuentra en “detención domiciliaria. El 28 de febrero pasado, la Procuradora General de la Nación Alejandra Gils Carbó produjo un dictamen en el cual estableció que la sola condición de superar los 70 años no es el único requisito para acceder a la prisión domiciliaria.
En el expediente “Olivera Róvere, Jorge Carlos s/recurso de Casación”, había sostenido que la ley 24.660, establece la facultad –y no la obligación- de los jueces de conceder la detención cautelar domiciliaria a los imputados mayores de 70 años. El dictamen apareció luego de que el Juzgado Federal N° 1 de Bahía Blanca le había concedido el beneficio de la detención domiciliaria a Miguel Ángel Torrá con el púnico argumento de que había superado las siete décadas.
“En el caso de la prisión domiciliaria hay que ver caso por caso, porque la ley no confiere una solución automática en caso de superar 70 años. Es facultad de cada juez y cada tribunal analizar la situación de edad, de salud, económica, familiar de cada imputado. Y la Corte Suprema, en varios fallos, ha convalidado esta forma de resolución de la domiciliaria”, expresó a esta agencia Javier De Luca, fiscal ante la Cámara de Casación Penal.
“Las garantías de las que gozan estos imputados son las mismas que tienen los demás imputados, y más aún: nos cuidamos muchos más porque son presos que tienen problemas de salud, traslados médicos, de todo”, dijo el fiscal. “La particularidad acá es que se trata procesados de mucha edad, porque no pudimos juzgarlos en 30 años, por causas ajenas a las víctimas, los jueces y los fiscales (hubo tres alzamientos militares en el medio). Es un problema humanitario de muy difícil solución, pero si están seniles, o tienen Parkinson, no es el cometido del Ministerio Público que se queden en una cárcel común”, concluyó De Luca.
El fiscal de Casación habló de dos planos. “En el deber ser, las garantías nunca alcanzan, siempre parecen pocas. En el ser, estos procesados y condenados están igual que los demás todos los detenidos. El problema es que se trata de personas que no están acostumbradas a estar juzgados”.
Privilegios
Algunos represores condenados, incluso, han tenido permisos de los que jamás gozarían los presos por delitos comunes. Muchos de ellos cumplieron la sentencia durante un largo tiempo cárcel de Campo de Mayo, con custodia a cargo del propio Ejército que tenía una subordinación por la jerarquía que habían ostentado los condenados. En otros casos, gozaban de algunas comodidades y privilegios como el acceso a Internet, y hasta hubo quién pidió que se los dejara usar el uniforme militar para recibir a las visitas. La unidad penal que funcionaba en la guarnición militar de Campo de Mayo fue cerrada en septiembre de 2013 por orden de Alejandro Marambio, el director del Servicio Penitenciario Federal, debido al “riesgo grave e inminente” de evasión “favorecido por condiciones deficitarias de seguridad”. Los 25 acusados de crímenes de lesa humanidad fueron trasladados a la cárcel de Marcos Paz.
Otros permisos que gozaron esporádicamente los represores rozaron lo insólito. Bussi, por ejemplo, cumplió las múltiples condenas a las que fue sentenciado en un country de Yerba Buena, un pueblito en las afueras de San Miguel de Tucumá, plagado de lujos, más próximo a un retiro plácido de la vejez que a una condena en prisión.
En 2010, Jaime Lamont Smart, ministro de gobierno de la provincia de Buenos Aires durante la dictadura, procesado por secuestros, torturas y muertes, pidió y fue autorizado por el entonces juez federal de La Plata Arnaldo Corazza a viajar cuarenta días a la Patagonia para pasar el verano en la casa familiar en Bariloche.
Lo mismo había sucedido dos años antes en Mendoza con el policía Eduardo Smaha Borzuk: el juez Walter Bento lo autorizó a trasladarse durante la temporada alta a las costas de Mar del Plata. El imputado argumentó que necesita un descanso relajado porque atravesaba una difícil situación psicológica.
Más cerca en el tiempo, Víctor Hugo “Chuly” Rodríguez, procesado por los asesinatos de Osvaldo Cambiasso y Eduardo Pereyra Rossi en 1983, fue autorizado por el juez Villafuerte Ruzo a viajar a Mendoza para participar del Cruce de los Andes que organiza la Asociación Cultural Cuna de la Bandera.
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