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Para la jurista estadounidense Shari Seidman Diamond los jurados populares son una garantía para la participación ciudadana en el ámbito judicial. Esta abogada, con treinta años de experiencia, viajó a la Argentina para participar del III Congreso Internacional de Juicio por Jurado. “Veo mucho entusiasmo pero a la vez me llama la atención que se dude de que la gente común participe de la Justicia”, opinó sobre la implementación de esta modalidad en Argentina.
A pesar de los retrasos en el vuelo que la dejó por segunda vez en Buenos Aires, Shari Seidman Diamond llega puntual y risueña a la cita con Infojus Noticias. En pocas horas estará nuevamente sobre un avión; esta vez con rumbo a Neuquén, donde participará del III Congreso Internacional de Juicio por Jurado del 12 al 15 de mayo. “Me parece una locura que se dude de la capacidad de la gente común para participar de la Justicia. Llego con mucha expectativas por el debate; espero convencer a alguien”, adelanta Diamond, profesora de la Facultad de Derecho de Northwestern, Ilinois, Chicago, asesora del gobierno de Estados Unidos en la formación de los jurados, y una de las mayores referentes en el tema. Es que Diamond, abogada con más de 30 años de experiencia e integrante además de la Commission on the American Jury Project, observa con gran entusiasmo el incipiente desarrollo de los juicios populares en Argentina.
-¿Cuál es su visión acerca de la experiencia argentina?
-Estoy muy impresionada con la reacción que generó la implementación de los jurados. Veo mucho entusiasmo pero a la vez me llama la atención que se dude de que la gente común participe de la Justicia. No veo ninguna razón por la cual no se pudieran desarrollar los juicios por jurado. Es una terrible acusación pensar que la gente común no puede participar en este tipo de instancias. En Estados Unidos, los jueces son los mayores defensores de los jurados. Lo vemos todos los días en las cortes.
-La Constitución Argentina menciona en tres oportunidades a los juicios por jurado. Sin embargo, se tardó más de 150 años en comenzar a implementarlo. ¿Por qué cree que genera tanta resistencia?
-Es una de las cosas que más me intriga. De todas maneras veo un gran entusiasmo en Argentina. En Estados Unidos todas las encuestas de opinión pública demuestran que la gente, por lo general, desea ser juzgada en un juicio por jurados. Creo que aquí la resistencia es lógica por tratarse de un proceso nuevo. La idea de que repentinamente la gente común ocupe esos espacios de poder dentro de la justicia puede parecer una mala idea; especialmente para los que habitualmente lo ejercen. Pero una vez que lo ves operativo, te das cuenta realmente funciona bien. Es difícil de aceptarlo de inmediato.
-¿Cómo es posible que convivan los juicios por jurado, característico del Derecho anglosajón, dentro del sistema jurídico argentino, enmarcado más en la tradición del Derecho Continental?
-Ese es un gran desafío. Creo que es posible y que hay maneras de combinarlo para generar un óptimo sistema de justicia. En el derecho anglosajón tenemos también cosas del derecho continental. No son dos territorios aislados. Es clave para el desarrollo de la democracia argentina que se siga adelante con el proceso de juicio por jurados y ver cómo funciona. Estudiar este proceso será muy interesante porque puede producir cambios que repercutan en otros lados. Creo que se está llevando adelante muy bien todo el proceso, salvo por la situación en Neuquén, donde se puede resolver un caso ocho votos a favor y cuatro en contra.
-¿Hasta qué punto se puede pensar a los juicios por jurado como una barrera contra el abuso judicial?
-Una de las cosas que dijo la Corte Suprema, a la que yo ciertamente suscribo, es que el juicio por jurados es la mejor protección para un individuo ante un gobierno autoritario. Incluso, no hace falta estar ante un gobierno déspota o corrupto para que la gente desconfíe un poco del sistema judicial; y en estos casos el juicio por jurado le da mayor legitimidad a la Justicia.
-No sólo Neuquén sino el resto las provincias que adoptaron los juicios por jurado decidieron no implementar el criterio de unanimidad en todas las instancias ¿Por qué es tan importante que los jurados alcancen la unanimidad?
-El caso de Neuquén me parece el único preocupante. Es que en esa situación, desde el principio del debate la capacidad de acción de los cuatro que pueden ser dejados de lado queda automáticamente subestimada. En cambio, cuando se exige la unanimidad todos los jurados están empoderados de la misma manera. El camino para el mayor consenso es la unanimidad. Cuando observamos la conducta de los jurados en las deliberaciones encontramos que cuando necesitan unanimidad los debates, si bien son más largos, alcanzan mayor riqueza en la discusión de los hechos y de las pruebas que evalúan.
-La provincia de Córdoba decidió tener juicios por jurado, pero en una versión mixta. De los diez jurados, dos son jueces técnicos. ¿Esto puede desnaturalizar la función del juicio por jurado?
-Cada decisión del sistema jurídico tiene que ver con las sociedades en las que actúa. El peligro de tener a jueces profesionales en el jurado es que sus capacidades de ejercer autoridad en el debate reduce el valor simbólico de la participación del resto. Eso quizá si me preocupa un poco. De todas maneras sería interesante tener un buen estudio sobre la manera en la que se desarrollan esos jurados mixtos. Se puede aprender mucho de eso. Por ejemplo: Alemania tiene un sistema similar al de Córdoba. Observé un proceso en Berlín, donde se implementó la presencia de un juez en el jurado, y su presencia no dejaba capacidad de decisión al resto.
-Usted realizó investigaciones sobre las coincidencias entre las decisiones de los jurados y las que hubieran tomado los jueces. ¿Qué puede contar al respecto?
-Aproximadamente en un 80 por ciento de los casos los jueces estaban de acuerdo con lo que habían resuelto los jurados. Y del porcentaje restante, en lo que disentían era sobre los casos en los que se hallaba culpable al condenado. Los jueces parecen tener un estándar más bajo para condenar que los jurados. Hay una famosa cita que dice que los jueces simplemente vieron demasiados casos. Muchas veces, los jueces asumen desde el principio que el acusado, por el sólo hecho de estar en ese lugar, tiene que ser culpable. Pero para enjuiciar a una persona no se tiene que partir desde ahí sino desde el principio de inocencia. Y no es exclusivo de los Estados Unidos, también hicimos investigaciones de este tipo en países como Corea del Sur, y los resultados fueron muy similares. O sea, que la distancia en el juzgamiento entre jueces y jurados es muy pequeña.
-Sin embargo, en Estados Unidos la mayoría de las casos penales se resuelve por un juicio abreviado; o sea sin la intervención del juicio por jurado. ¿Eso evidencia una falla en el sistema de jurados?
-Bueno, ese hecho es cierto. Y es una tendencia en alza. Creo que hay dos maneras de verlo. Una es que quizá el fiscal tiene tanto poder que la amenaza del castigo sobre el acusado hace que éste decline la posibilidad de ser juzgado en esa instancia y trate de conseguir una pena más baja en la negociación. La otra lectura que se puede hacer es que el sistema es tan bueno que los casos que se tratan tienen evidencia tan sólida que es razonable que se vaya a un juicio abreviado porque es obvio que lo van a encontrar culpable. Y la fiscalía pedirá una menor sentencia si el acusado acepta no ir al juicio.
-¿Cómo es posible controlar a los jurados para que mantengan en secreto los detalles del juicio?
-Bueno, si el juicio tiene alta exposición pública y mediática lo más probable es que no les permitan volver a sus casas. Se los mantenga en un hotel, en el máximo hermetismo. Pero eso raramente sucede. En general el juez va a decirles a los jurados que no tienen que hablar con nadie, que eviten el tema en cualquier circunstancia fuera del juicio.
-A diferencia de Estados Unidos, la implementación de los juicios por jurado en Argentina tienen la particularidad de exigir que la mitad esté compuesta por mujeres. ¿Qué piensa al respecto?
-Me parece fascinante la verdad. Si bien en Estados Unidos es ilegal rechazar a una persona por su credo, por su color, por su ideología o por su sexo, no hay mínimos que garanticen la participación de las mujeres.
EG/AF
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